El Orden es el sacramento por el que algunos de
entre los fieles quedan constituidos ministros sagrados, al ser
marcados con un carácter indeleble, y así son consagrados
y destinados a apacentar el pueblo de Dios según el grado de
cada uno, desempeñando en la persona de Cristo Cabeza las
funciones de enseñar, santificar y regir.
Jesucristo es el verdadero y supremo Sacerdote de la Nueva
Ley, pue sólo Él nos reconcilió con Dios por medio
de su Sangre derramada en la Cruz (Hebreos 8,1; 9,15). Sin embargo,
quiso Jesús que algunos hombres, escogidos por Él,
participaran de la dignidad sacerdotal de modo que llevaran los frutos
de la Redención a todos los demás. Con ese fin
instituyó el sacerdocio de la Nueva Alianza (Lucas 22,19). A su
vez los Apóstoles, inspirados por Dios, sabían que el
encargo de Jesús no acabaría con ellos, y por eso
transmitían el ministerio mediante el sacramento del Orden, que
administraban por la imposición de las manos y la oración
(Hechos 14,23-24). De este modo comunicaban a otros hombres el poder de
regir, santificar y enseñar que ellos habían recibido
directamente del Señor.
Es dogma de fe explícitamente definido que el
sacramento del Orden sacerdotal es uno de los siete sacramentos de la
Nueva Ley instituidos por Nuestro Señor Jesucristo.
Los protestantes niegan este sacramento: para ellos no hay
distinción entre los sacerdotes y los laicos; todos los fieles
son sacerdotes, y para ejercitar el ministerio sólo requieren un
nombramiento o delegación de la comunidad.
a) Consta expresamente en la Sagrada Escritura que Cristo
hizo de los Apóstoles una elección especial:
"Subió a un monte y llamando a los que quiso, vinieron a
Él, y designó a doce para que le acompañaran y
para enviarlos a predicar" (Marcos 3,13-15); "No me habéis
elegido vosotros a mí, sino que yo os elegí a vosotros"
(Juan 15,16).
b) Al elegirlos les confió una misión y les
dio unos poderes particulares; en concreto:
--Poder de perdonar los pecados: " A quienes ustedes perdonen los
pecados les quedarán perdonados; y a quienes no se los perdonen
les quedarán sin perdonar" (Juan 20,23; Mateo 16,19; 18,18).
--Poder de administrar los demás sacramentos y de predicar la
Palabra de Dios: "Vayan, pues, a las gentes de todas las naciones y
háganlas mis discípulos, bautícenlas en el nombre
del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; y
enséñenles a obedecer todo cuanto les he mandado a
ustedes" (Mateo 28,19-20); "Como mi Padre me envió, así
yo los envío a ustedes" (Juan 20,21).
--Poder sobre el Cuerpo real de Cristo, para renovar incruentamente el
sacrificio de la Cruz, hasta el fin de los siglos (Lucas 22,19; 1 Cor
11,23-25). Este es el principal poder que reciben los
presbíteros, pues el sacerdocio se ordena primariamente al
sacrificio.
c) Estos poderes fueron dados por el Señor a sus
Apóstoles con una finalidad: continuar su misión
redentora hasta el fin de los siglos (Mateo 28,20; Juan 17,18). Esta
finalidad sería inalcanzable si los poderes terminaran con la
muerte de los Apóstoles, y por eso Cristo les mandó que
los transmitieran, y así lo entendieron y practicaron desde el
principio:
"Impusieron las manos sobre algunos, elegidos específicamente"
(Hechos 6,6; 13,13).
Constituyeron presbíteros y obispos para gobernar
las Iglesias locales (Hechos 14,23; 20,28), para administrar los
sacramentos (1 Corintios 4,1), para fomentar las buenas costumbres y
vigilar la recta doctrina (1 Tesaloniscenses 3,2).
Este sacramento se llama Orden sagrado porque consiste en
grados ordenados, jerárquicamente subordinados entre sí,
de los que resulta la jerarquía eclesiástica.
La materia del sacramento del Orden es la
imposición de las manos y la forma es la oración
consecratoria que los libros litúrgicos prescriben para cada
grado.
En la ordenación de presbíteros son
las palabras de la oración que el obispo dice después de
que el ordenado ha recibido la imposición de las manos. Las
esenciales son: "Te pedimos, Padre Todoporoderoso, que confieras a
estos siervos tuyos la dignidad del presbiterado; renueva en sus
corazones el Espíritu de santidad; reciban de Tí el
sacerdocio de segundo grado y sean, con su conducta, ejemplo de vida"
(Ritual de Ordenación de Presbíteros).
Por la ordenación sagrada el sacerdote es
constituido ministro de Dios y dispensador de los tesoros divinos (1
Cor 4,1). Con este sacramento recibe una serie de efectos sobrnaturales
que le ayudan a cumplir su misión, siendo los principales: a) el
carácter indeleble, distinto al del Bautismo y al de la
Confirmación, que constituye al sujeto en sacerdote para siempre
(Hebreos 5,5-6).
En el caso de los tres sacramentos que lo imprimen, el
carácter es una cierta capacitación para el culto, que en
el sacramento del orden constituye la más plena
participación en el sacerdocio de Cristo:
--Lleva a su plenitud el sacerdotal.
--Perfecciona el poder sacerdotal.
--Corona la capacidad de ejercer fácilmente ese poder sacerdotal
que el fiel ya tiene por el Bautismo y la Confirmación.
El carácter realiza todo eso a través de una
configuración del que se ordena con Cristo, Cabeza del Cuerpo
Místico, que le faculta para participar de un modo muy especial
en su sacerdocio y en su triple función. Por eso el sacerdote se
convierte en:
a) Ministro autorizado de la Palabra de Dios.
b) Ministro de los sacramentos.
c) Ministro del pueblo de Dios.
El sacramento del Orden aumenta la gracia santificante;
otorga, además, la gracia sacramental; es decir, la ayuda
sobrenatural necesaria para poder ejercer debidamente las funciones
correspondientes al grado recibido.
El ministerio eclesiástico, instituido por Dios,
está ejercido en diversos órdenes que ya desde antiguo
reciben los nombres de obispos, presbíteros y diáconos.
EL EPISCOPADO:
Entre los diversos ministerios que existen en la Iglesia,
ocupa el primer lugar el ministerio de los obispos que, a través
de una sucesión que se remonta hasta el principio, son los
transmisores de la semilla apostólica.
En orden a la consagración de la Eucaristía
su potestad no excede a la de los presbíteros, pero sí la
excede en:
--Conferir el sacramento del Orden.
--Terminar el ciclo de la inciación cristiana confiriendo el
sacramento de la Confirmación.
--Se reserva, de ordinario, la consagración de los santos
óleos.
--El derecho a predicar en cualquier lugar.
--El ser colocados al frente de las diócesis o Iglesias locales
y gobernarlas con potestad ordinaria, bajo la autoridad del Romano
Pontífice; pero tiene al mismo tiempo con todos sus hermanos en
el episcopado colegialmente, la solicitud de todas las Iglesias.
--Le corresponde en su diócesis, dictar normas sobre el
seminario, sobre la predicación, sobre la Liturgia, etc.
Además, son los obispos quienes conceden a los
presbíteros cualquier poder de régimen que puedan tener
sobre los demás fieles, y el encargo de predicar la Palabra
Divina.
EL PRESBITERADO
Los Presbíteros, aunque no tienen la plenitud del
sacerdocio y dependen de los obispos en el ejercicio de su potestad,
tienen el poder de:
--Consagrar el Cuerpo y la Sangre de Cristo;
--Perdonar los pecados;
--Ayudar a los fieles con las obras y la doctrina;
--Administrar aquellos otros sacramentos que no requieran
necesariamente el orden episcopal.
EL DIACONADO
El Diácono asiste al sacerdote en determinados
oficios; por ejemplo:
--En las funciones litúrgicas, en conformidad con los
respectivos libros;
--Administrando el Bautismo solemne;
--Reservando y distribuyendo la Eucaristía, llevando el
Viático a los moribundos y dando la bendición con el
Santísimo;
--Asistir al Matrimonio donde no haya sacerdote.
El diaconado que fue y sigue siendo un esclaón al
presbiterado, es también ahora un grado permanente y propio de
la jerarquía.
Es ministro de la ordenación sagrada en todos sus
grados, el Obispo consagrado. Para la validez basta que el Obispo tenga
la intención requerida y observe el rito externo de la
ordenación, aunque sea hereje, cismático,
simoníaco, o se halle excomulgado. Sólo el varón
bautizado recibe válidamente la ordenación.
Las obligaciones de los clérigos son : el celibato
sacerdotal, santidad de vida, obediencia al Ordinario (al Papa y
Obispo), uso del traje eclesiástico.